La Unidad de Información Financiera (UIF) actualizó los umbrales para depósitos en efectivo, registro de automotor, registro de la propiedad inmueble y escribanos. Emitió Res 78/2025

Unidad de Información Financiera

La Unidad de Información Financiera (UIF) actualizó los umbrales para depósitos en efectivo, registro de automotor, registro de la propiedad inmueble y escribanos. Emitió Res 78/2025

La norma introduce ajustes clave en diferentes resoluciones anteriores de la UIF, con el objetivo de:

  • Actualizar umbrales monetarios que determinan la obligación de reportar operaciones.
  • Eliminar la exigencia de certificaciones contables en la definición del perfil del cliente.
  • Reforzar la supervisión sobre operaciones en efectivo.
  • Adecuar los procedimientos a los estándares internacionales del GAFI y a un enfoque basado en riesgo.
  • Esta resolución entra en vigencia el 06/06/2025.

Compraventa de inmuebles

  • Se eleva el umbral de reportes obligatorios para los registros de la propiedad inmueble de 200 a 750 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM).

Registro automotor

  • Se actualiza el monto para definir el perfil del cliente: ahora será obligatorio cuando las operaciones anuales superen los $115.000.000.
  • Se elimina el requisito de presentar certificación contable, bastando con la documentación respaldatoria de origen de fondos.
  • También se modifica el umbral de adquisición relevante de automotores, que pasa a ser de $50.000.000.

Entidades financieras

  • El umbral para reportar operaciones en efectivo se eleva de 20 a 40 SMVM.
  • Se refuerzan los controles sobre depósitos en efectivo y operaciones de cambio.
  • Escribanos públicos
  • En operaciones con bienes inmuebles realizadas en efectivo, el umbral para reportar se incrementa a 750 SMVM.
  • También se actualiza la definición del perfil transaccional, eliminando el requerimiento de declaraciones juradas impositivas.