ARCA extiende el plazo para solicitar la devolución del Impuesto PAIS en importaciones

ARCA extiende el plazo para solicitar la devolución del Impuesto PAIS en importaciones

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó, a través de la Resolución General 5749/2025 publicada en el Boletín Oficial, la prórroga del plazo para que los importadores puedan registrar y solicitar la devolución de pagos a cuenta del Impuesto PAIS que no hayan podido computar en sus operaciones de comercio exterior.

Según la norma, la fecha límite para la presentación de la Declaración Jurada de Devolución de pagos a cuenta del Impuesto PAIS por Importaciones de Bienes (DJIP), que vencía el 22 de agosto de 2025, se extendió hasta el 4 de septiembre de 2025, inclusive.

Antecedentes

El procedimiento especial de devolución había sido implementado por la Resolución General 5720, que creó el Registro de despachos de importación con pagos a cuenta no computados del Impuesto PAIS. Allí los operadores deben inscribir las destinaciones de importación que originaron los pagos a cuenta, para luego gestionar la devolución de los saldos no utilizados.

El mecanismo abarca operaciones alcanzadas por los Decretos 433/2023, 14/2024 y 777/2024, donde se establecieron regímenes específicos de percepción del tributo en importaciones de bienes.

Impacto de la prórroga

La decisión responde a pedidos del sector importador y busca dar más tiempo a las empresas para cumplir con el procedimiento, evitando la pérdida del derecho a solicitar las devoluciones.

De esta forma, quienes aún no hayan presentado su declaración jurada DJIP disponen de casi dos semanas adicionales para registrar los despachos y formalizar el trámite.